Por las razones anteriormente expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO CARABOBO, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: QUE NO TIENE COMPETENCIA, para conocer del presente juicio por cobro de prestaciones sociales, incoado por la ciudadana: EVERILDA ELIZABETH ARTEAGA NAVAS DE BARRIOS, contra la FUNDACION INSTITUTO CARABOBEÑO PARA LA SALUD (INSALUD).- En consecuencia, declina la competencia por ante El Tribunal Superior en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.