Visto el escrito de transacción judicial que antecede de fecha 30-01-15 (folios 110 al 114), presentados por la parte Oferente Firma Personal FOOD AND DRINKS, en la persona de su propietario y único dueño ciudadano ANTONIO GOMES, titular de la cédula de identidad No.16.000.003, y la parte Oferida MARINA TORREALBA, en el cual fijan como cantidad para dicho acuerdo la suma de CINTO DIEZ MIL BOLIVARES EXACTOS (Bs.110.000,oo), este Tribunal observa lo siguiente: PRIMERO: La parte OFERENTE, no señala en la Solicitud de Oferta de Pago de forma pormenorizada los conceptos laborales que se pretenden cancelar, ni los días que comprenden, ni los montos de cada uno de ellos, y a que periodos corresponden. SEGUNDO: Igualmente en el escrito denominado Transacción Judicial presentado por las partes no se señala nada sobre la manifestación de voluntad de la oferida, en cuanto si esta conforme o no con la cantidad que le es ofertada, o por el contrario la rechaza, e igualmente nada señala la .....