Hoy, 25 DE ENERO DE 2007, siendo la oportunidad fijada para dictar sentencia en la presente causa según acta de fecha 18 de ENERO de 2007 (folio 29), y vista la comparecencia a la Audiencia Preliminar en igual fecha, de la parte actora ciudadana NEIDYS MIREYA FARFAN OVALLES, titular de la cédula de identidad No.10.733.541, debidamenete asistido por el Abogado EDUARDO VELÁSQUEZ (Procurador Especial de Trabajadores) inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.113.255, y en el cual este despacho dejo constancia DE LA NO COMPARECENCIA A LA AUDIENCIA de la parte demandada AGENCIA DE LOTERIA CENTRO, C.A., ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, pasa a dictar el Dispositivo del Fallo, y en consecuencia, es por lo que este Tribunal, declara que una vez revisada la petición de EL DEMANDANTE, y encontrándola que no es contraria a derecho, presume la Admisión de los Hechos alegado.....