Hoy, 21 DE JUNIO DE 2010, SIENDO LAS 1:30 PM., día y hora fijado para que tenga lugar la CONTINUACIÓN DEL PROCEDIMIENTO Y DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR, se deja expresa constancia, DE LA INCOMPARECENCIA de la parte actora: ni por si, ni por medio de Apoderado Judicial alguno. Por lo que de conformidad, con lo previsto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, "CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO". Se deja constancia igualmente la presencia ene este acto por la demandada RESTAURANT SAMAR, C.A., mediante su Apoderado Judicial Abogado JOSÉ GREGORIO ROSA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.86.270. Es todo.
Publíquese y Regístrese, la Presente decisión. 200 ° y 151 °