La cantidad acordada, se cancela de la siguiente manera:
1) (Bs.50.000,oo), pagaderos en el día de hoy mediante che del Banco BOD, No.67003805, Contra la Cta.Corriente No.01160134150009564128, de fecha 17-06-14., el cual recibe en sus manos la parte actora en sus manos totalmente conforme con su monto y contenido.
Se deja constancia que la parte actora CARLOS RAMON NAREA, titular de la cédula de identidad No.5.747.994, leyó personalmente las condiciones y montos señalados en la presente acta, estando totalmente conforme con los mismos.
Las partes igualmente solicitan copias certificadas de la presente acta, una vez sea homologada la presente transacción.
V
DE LA HOMOLOGACIÓN
Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERD.....