Como consecuencia de la presunción de la admisión de los hechos alegados por el demandante, este Juzgado da como ciertos los siguientes alegatos de la parte actora: Que trabajó al servicio de la empresa D´LORENZ 2003, C.A., desde el 29 de Mayo de 2.005, en el cargo de ESTILISTA, devengando un salario diario de (Bsf.83,33) diarios, hasta el día 07 de Septiembre de 2008, fecha en la cual fue despedido injustificadamente, por la ciudadana MARIANELY MARTÍNEZ, quien desempeña el cargo de GERENTE. En razón de todo lo expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA ACCIÓN INTENTADA POR CALIFICACIÓN DE DESPIDO, calificando el despido de dicho trabajador como injustificado, por lo que se condena a la demandada a:
PRIMERO: Reincorporar al trabajador a sus labores habituales.
SEGUNDO: Al pag.....