Hoy, 14 DE DICIEMBRE DE 2010, SIENDO LAS 2:30 PM., día y hora fijado para que tenga lugar la CONTINUACIÓN DEL PROCEDIMIENTO Y DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR, se deja expresa constancia, DE LA INCOMPARECENCIA de la parte actora: KEIDY COROMOTO DÍAZ RODRÍGUEZ, titular de la cedula de identidad No.7.066.288, ni por si, ni por medio de Apoderado Judicial alguno. Por lo que de conformidad, con lo previsto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, "CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO". Se deja constancia igualmente de la presencia por la empresa demandada por la parte demandada HIERROCOR, C.A., sus apoderadas judiciales Abogadas MARIA ZOZAYA y ANA PEREIRA, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros.35.056 y 40.057. Es todo.