responsabilidad derivada de la relación de trabajo. CUARTO: La presente mediación y conciliación se ha efectuado tomando en cuenta las disposiciones de los artículos 253 y 258 de la Constitución de la República de Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 257,258,261 y 262 del Código de Procedimiento Civil y el articulo 3 parágrafo único de la Ley Orgánica del Trabajo y por cuanto que los acuerdos contenidos en la presente acta de mediación son productos de la voluntad libre consiente y espontanea expresada por las partes y en vista que dicho acuerdo tiende a garantizar una armoniosa resolución de las controversias a que se refiere los procesos y a restablecer el equilibrio jurídico entre las partes, y en virtud de que los acuerdos alcanzados no son contrarios a derecho, y ase adaptan a los criterios jurisprudenciales que han sido establecidos por el Tribunal Supremo de Justicia y tomando en cuenta que los acuerdos de las partes han sido la conclusión de un proceso d.....