Hoy, 08 DE ABRIL DE 2008, siendo la oportunidad fijada para dictar sentencia en la presente causa según acta de fecha 01 de Abril de 2008 (folio 49), y vista la comparecencia a la Audiencia Preliminar en igual fecha, por la parte actora, ciudadanos LEIDY JOSEFINA FLORES SALAZAR y MARISOL MUÑOZ, titulares de las cédulas de identidad Nros.13.635.345 y 7.019.115, su apoderada judicial Abogada PAOLA ULLOA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro.126.223, y en el cual este despacho dejo constancia DE LA NO COMPARECENCIA A LA AUDIENCIA de la parte demandada ESTACIONAMIENTO SANTA ELENA, C.A., ahora denominada SHAZAN, C.A., ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, pasa a dictar el Dispositivo del Fallo, y en consecuencia, es por lo que este Tribunal, declara que una vez revisada la petición de EL DEMANDANTE, y encontrándola que no es contraria a derecho, presume la Ad.....