Hoy, 07 DE OCTUBRE DE 2008, SIENDO LAS 11:00 AM., día y hora fijado para que tenga lugar la CONTINUACIÓN DEL PROCEDIMIENTO Y DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR, se deja expresa constancia, DE LA INCOMPARECENCIA de la parte actora: FRANKLIN RAFAEL SOCORRO SALINAS, titular de la Cédula de Identidad Nro.11.696.537, ni por si, ni por medio de Apoderado Judicial alguno. Por lo que de conformidad, con lo previsto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, "CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO". Se deja constancia igualmente de la presencia por la empresa demandadas GRUPO SOUTO, C.A., su apoderad judicial Abogada ERIKA PEÑA, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 121.510. Es todo.
Publíquese y Regístrese, la Presente decisión. 199 ° y 150 °