Este Tribunal Revoca la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad decretada en fecha 02-05-2003 al acusado EDGAR JOSE SALVATIERRA HERRERA, y en consecuencia la respectiva Ordena la Captura del acusado antes identificado, en virtud de los reiterados incumplimientos por parte del precitado acusado, a la fijación del Juicio Oral y Público, en base a lo previsto en el artículo 251 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 262 ordinales 2 y 3 ejusdem, quien deberá ser ingresado al Internado Judicial Carabobo, debiendo el director del Internado Judicial Carabobo informar de su ingreso al Tribunal Séptimo en función de Juicio de este Circuito Judicial Penal. Notifíquese. Líbrese la Orden de Captura y Ofíciese al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas y al Director del Internado Judicial Carabobo. Cúmplase