este Juzgado Sexto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA: Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, a la Acusada: JESSICA AÑEZ FERNANDEZ, plenamente identificada en autos, de conformidad con el artículo 256 del mismo Código citado, consistente en presentación de CAUCIÓN PERSONAL de dos Fiadores, de reconocida Buena Conducta y con una capacidad económica para atender las obligaciones que contraigan ante el Tribunal, especialmente las que puedan atender a las obligaciones que contraerán para pagar gastos de captura y costas procesales y cubrir una multa de SESENTA (60) UNIDADES TRIBUTARIAS, a cuyos efectos deben presentar Constancia de Trabajo en donde consten los ingresos suficientes, así como Constancia de Residencia en la jurisdicción del Tribunal, y la presentación al Tribunal de la Acusado cada ocho (08) días en la sede del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, y la proh.....