En virtud de los razonamientos expuestos, este Tribunal Sexto de Primera Instancia en función de juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Constituido en forma Mixto en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, por decisión unánime Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, CONDENA al acusado RAMON GUSTAVO, YANEZ SAAVEDRA, Venezolano, de 36 años de edad, Titular de la Cédula de Identidad No. V- 7.106.728, natural de Valencia Estado Carabobo, fecha de nacimiento 16 de Abril 1968, estado civil Concubinato, hijo de Esperanza Saavedra y de José Yánez, con domicilio en la Urbanización Fundación Mendoza, Calle 13, casa No. 33, Municipio Valencia, Estado Carabobo, a cumplir la pena de VEINTICINCO (25) AÑOS DE PRESIDIO, mas las accesorias legales contempladas en el articulo 13 del Código Penal vigente, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 408, Ordinal 3°, literal “A” del Vigente Código P.....