Vista la solicitud de LA Ciudadana CARMEN ALICIA MOTA DE HERNANDEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.620.210, conjuntamente con la Organización No Gubernamental "Red de Apoyo por la Justicia y la Paz", representada por la Abogadas LAURA ISABEL ROLDAN BENITEZ y MARIANELA USECHE BARRIOS, en la cual se plantean una serie de Denuncia en contra del Imputado ADOLFO LEON DELGADO IDARRAGA, Y SOLICITAN DE ESTE Tribunal la Revocatoria de la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad acordada por la Juez Magaly Guadalupe Nieto Rueda.
Este Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECIDE remitir copia de la solicitud a la Fiscalía UNDECIMA del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, quien es el órgano investigativo, para que la misma adelante las investigaciones del presente caso. Una vez recibida la Respuesta de la citada Fiscalía, este Tribunal procede.....