Se dictó Auto Motivado, mediante el cual, se NIEGA la solicitud de sustitución de la Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad, que pesa sobre la Acusada Naryibi del Carmen García Kluka, por la preseunta comisión del delito de Robo Agravado en Grado de Complicidad, de conformidad con lo establecido en los articulos 250, 251, 252 y 264 del COPP.