Se dictó Auto Motivado, mediante el cual se niega solicitud de aplicación del Principio de Proporcionalidad contenido en el articulo 244 del COPP, de conformidad con lo establecido en los articulos 6, 250,251 y 252 del COPP, concatenados con los articulos 29 y 271 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en amparo a las sentencias de caracter vinculante de la Sala Constitucional del tribunal Supremo de Justicia en matreria de delitos de lesa humanidad.