SE ORDENA LA APERTURA AL JUICIO ORAL Y PÚBLICO en contra del imputado JOSEPH REINALDO MARTÍNEZ RUMBO, Venezolano, titular de la cédula de identidad No V-12.924.936, residenciado en la Urbanización Fernando Suárez, calle Venezuela, cruce con Callejón Trujillo, Casa sin número del Sector Caraquita de la Parroquia Central Tacarigua, Estado Carabobo, y de acuerdo con lo previsto en el numeral 2° del articulo 331 del Código Orgánico Procesal Penal ya citado, el prenombrado Acusado será juzgado por los hechos imputados por la representación del Ministerio Publico, y los cuales este Tribunal le dio la Calificación Jurídica Provisional de HOMICIDIO PRETERINTECIONAL y USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO previsto en el artículo 410 del Código Penal en concordancia con el artículo 281 ejusdem. OCTAVO: En atención a lo previsto en los numerales 4 y 5 del artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal SE ORDENA ABRIR EL JUICIO ORAL Y PÚBLICO Y SE EMPLAZA A LAS PARTES, para que en el plazo común d.....