DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos ya expuestos, este Juzgado del Municipio Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, Administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE, la demanda, presentada por la ciudadana: MARIA DEL PILAR RAMOS FLOR, por daños materiales, en contra de los ciudadanos: GLORIA MIREYA ARMAS DIAZ y EDUARDO SALAS CRUZ y si queda establecido.