Por todo lo expuesto, este Juzgado Tercero de Municipio, del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda la Medida preventiva de secuestro solicitada por la ciudadana MARÍA REGINA CASANS DE GARCÍA, asistida por el Abogado NELSON LUGO ACOSTA, ambos anteriormente identificados sobre el inmueble que forma parte de la Torre denominada edificio Goaigoaza, el cual es parte integrante del Conjunto Residencial Las Islas, ubicado en el cruce de la avenida Salom con la avenida Ramón Díaz Sánchez, parcelas 475, 476 y 477, de la Zona "D" de la Urbanización Residencial Cumboto Sur, Parroquia Juan José Flores, del Municipio Puerto Cabello del Estado Carabobo, distinguido con el número 13-B, de la Planta 13 del mencionado edificio, con una superficie aproximada de ciento cuarenta y ocho metros cuadrados (148 mts2).
Regístrese, publíquese la anterior decisión y .....