Por todas las razones expuestas, este Tribunal Segundo del Municipio Puerto Cabello en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara sin lugar la pretensión por cobro de prestaciones sociales, interpuesta por el ciudadano Franklin José Raga González, contra la entidad mercantil Supermercado Privitera Cumboto, C.A.