este Tribunal Quinto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio, de los ciudadanos MARIA MERCEDES ESCOBAR ENTRALGO y ORLANDO RIOS VILLANUEVA, ya identificados suficientemente en autos, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que los unía desde el día lunes 03 de marzo de 1.986, por ante la Prefectura de la Parroquia San José del Municipio Valencia Estado Carabobo, hoy Oficina de Registro Civil Parroquia San José Municipio Valencia Estado Carabobo, según consta de Acta de Matrimonio número 78, Tomo I, año 1.986, de los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevados por ante ese despacho. Así se Decide.
En relación a los bienes adquiridos durante la unión conyugal, liquídese la comunidad conyugal conforme a lo que acuerden las partes en su debida opo.....