DECLARA: que dichas pruebas testifícales son bastantes o suficientes para asegurarle a la peticionaria la posesión o condición de constructora a sus propias expensas de las bienhechurías que menciona ubicadas en la siguiente dirección: Urbanización Santa Inés, Sector 06 (Cambiamos lagrimas por una sonrisa), Calle Francisco de Miranda, N° 61, Parroquia Rafael Urdaneta, Municipio Valencia estado Carabobo, en el terreno que según autorización expedida en fecha 7 de enero de 2013, por el Instituto Nacional de la Vivienda, según GE-CA/INAVI/ AL N° 024, mide: (95,55 M2.), cuyos linderos y medidas son las señaladas en la autorización. Las referidas bienhechurías consisten en Una (1) casa de habitación de una (1) planta, con las siguientes características: Estructura de bases, columnas de concreto y cabillas de hierro, techo de acerolit, piso de cemento, dos (2) cuartos, una (1) sala, una (1) cocina comedor, un (1) baño, dos (2) ventanas, dos (2) puertas entamboradas, tiene los servicios de ca.....