Por los razonamientos antes expuestos éste JUZGADO CUARTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia, emanada de los ciudadanos y ciudadanas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Divorcio incoada por los ciudadanos: MARIELA JOSEFINA CASTRO ESCALONA y WILMER JOSÉ PEÑA GARCÍA, asistidos por la abogada YANETT TEJADA, antes identificados, y en consecuencia, se DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL que los unía desde el día 16 de Marzo de 1993, según consta del Acta de Matrimonio, anotada bajo el N° 60, Folio Fte. 63 al Vto 63, Tomo I, año 1993, en el libro de Registro Civil de Matrimonios del Municipio Falcón del Estado Cojedes.
Publíquese y regístrese
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO CUARTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIR.....