DECLARA: que dichas pruebas testifícales son bastantes o suficientes para asegurarle a los peticionarios la posesión o condición de constructores a sus propias expensas de las bienhechurías que menciona ubicadas en la siguiente dirección: Urbanización Lomas del Este, Avenida 91-C (La Pérgola), N° Cívico 110-D10, Parcela 34, Parroquia San José, Municipio Valencia del estado Carabobo, en el terreno que según documento mide: QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (574,00 M2.), cuyos linderos y medidas son las señaladas en el documento registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro del Distrito Valencia del estado Carabobo, hoy Municipio Valencia del estado Carabobo, en fecha 26 de agosto de 1959, bajo el N° 71, folio 197, Protocolo 1°, Tomo 3°. Las bienhechurías consisten en Una (1) casa con un área aproximada de construcción de DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (268,18 M2.) y consta de las siguientes dependencias: Porche, recibo, comedor, área de estar, cocina, una .....