Por las razones expuestas y de conformidad con las disposiciones legales invocadas, este Juzgado Cuarto de los Municipios Valencia, Libertador, Naguanagua, Los Guayos y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA DE DESALOJO, incoada por el Abogado en ejercicio ANGEL VARGAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 118.368, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano NAJEN MAKLED MAKLED, titular de la cédula de identidad N° 20.164.501, contra el ciudadano contra el ciudadano FERMIN ANTONIO RENGIFO VILLEGAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.155.721 y de este domicilio, y consecuencialmente, se DECLARA RESUELTO EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO suscrito entre las partes, suficientemente mencionado en autos. SEGUNDO: Se condena a la entrega material del inmueble constituido por un local comercial.....