Por las razones expuestas y de conformidad con las disposiciones legales invocadas, este Juzgado Cuarto de los Municipios Valencia, Libertador, Naguanagua, Los Guayos y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA DE RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, incoada por la ciudadana LEYVIS KARINA GUTIERREZ ESCOBAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 21.214.896 y de este domicilio, asistido por la Abogado ULISIS SAUL LANDAETA ODREMAN, Inpreabogado N° 36.411, contra la ciudadana ZULLY KENT SUAREZ COLINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-13.561.966 y de este domicilio, y consecuencialmente, se DECLARA RESUELTO EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, celebrado entre las partes, suficientemente mencionado en autos. SEGUNDO: Se condena a la entrega material del inmueble constituido .....