Por los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado Cuarto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia, emanada de los ciudadanos y ciudadanas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECLARA: CON LUGAR la presente Solicitud de Conversión de Separación de Cuerpos en Divorcio, y en consecuencia, se DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL que unía a los ciudadanos JOSE EDUARDO MONSALVE BUSTOS y ALBA CECILIA OLIVEROS REPILLOZO, plenamente identificados, desde el día treinta (30) de noviembre del dos mil siete (2007), según consta de la copia certificada del Acta de Matrimonio anotada bajo el Nº 22, del año dos mil siete (2007), en el libro de matrimonio llevado por ante la oficina del Registro Civil del Municipio Maturín del estado Monagas.-
Publíquese, regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Los Municipios.....