Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO y en consecuencia, de acuerdo a lo previsto en al artículo 502 del Código Civil, se ordena al Director de Registro Civil del Municipio Los Guayos del estado Carabobo y al Registrador Principal del mismo estado, estampar la debida nota marginal en el Acta de Nacimiento de la ciudadana ANA YUDITH ALFIERI GRATEROL, inserta en el año 1954, bajo el Nº 165. Folio 82 vto, tomo I, a fin de que así donde está asentado el nombre de su padre como: "JOSE ALFIERE" debe asentarse como: "GIUSEPPE ALFIERI". Expídanse por Secretaria las copias certificadas de la solicitud y de esta sentencia que fueren menester a los interesados y envíense las necesar.....