Por los razonamientos antes expuestos éste JUZGADO CUARTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia, emanada de los ciudadanos y ciudadanas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Divorcio incoada por los ciudadanos: LUIS ENRIQUE ZUBILLAGA IZCARAY y AIDA BEATRIZ QUEVEDO, asistidos por el abogado ANTONIO JOSE SUPPA, antes identificados, y en consecuencia, se DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL que los unía desde el día 16 de Marzo de 1.984, según consta del Acta de Matrimonio, anotada bajo el N° 68, folio 74 y su vuelto del año 1.984, en el libro de Matrimonios de la Oficina del Registro Civil del Municipio Naguanagua, Estado Carabobo.-
Publíquese y regístrese
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO CUARTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DI.....