En razón de lo anteriormente expuesto este Juzgado Cuarto de los Municipios Valencia, Libertador, Naguanagua, Los Guayos y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN habida entre el ciudadano ANDRES ELOY ESTRADA CONTRERAS, en su carácter de representante de la Sociedad Mercantil CONSTRUCTORA ESGA, C.A., y por la abogada CARMEN SOLEIMA SAID CAFFRONI, actuando en su carácter de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil AGUAS Y REDES, C.A., antes identificados, en los mismos términos expresados por ellos, en consecuencia, procédase como sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada.
REGISTRESE, PUBLIQUESE Y DEJESE COPIA.
Dada, sellada y firmada en la sala de Despacho del Juzgado Cuarto de los Municipios Valencia, Libertador, Naguanagua, Los Guayos y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Valencia, a los 1° días de Agos.....