Por las razones antes expuestas, este Tribunal, Administrando Justicia, En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la demanda intentada por el abogado DARIO PEREZ ACEVEDO en su carácter de Apoderado Judicial de la empresa SEGURIDAD Y VIGILANCIA INTEGRAL SEVINCA, C.A., contra CONDOMINIO CONJUNTO RESIDENCIAL GADI 2.000, en consecuencia se condena a la parte demandada a lo siguiente:
1.- A pagar la cantidad de Tres Mil Cuatrocientos Bolívares (Bs. 3.400,00) por concepto de las facturas no canceladas.
2.- A cancelar las costas y costos del presente proceso.
3.- Se condena a la parte demandada a pagar la cantidad que resulte de la experticia complementaria a la ejecución del fallo, que se ordena practicar en base al IPC.
Publíquese y déjese copia. Notifíquese a las partes de conformidad con lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en.....