Por las razones antes expuestas, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: SIN LUGAR la demanda de DESALOJO intentada por el Abogado Yojad Richani en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano Akram Nayef Richani Aridi contra la ciudadana Milagros Nuñez todos de características constantes en autos.
Se condena al demandante a cancelar las costas del presente juicio por haber resultado totalmente vencido.
Publíquese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a los veintidós (22) días del mes de Mayo de 2007. Años 197° de la Independencia y 148° de la Federación.