Por las razones antes expuestas, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO intentada por la ADMINISTRADORA HERNAZCA, C.A., contra la ciudadana MIRIAN UVILDA TREJO DE ALVARADO en consecuencia:
1)Se resuelve el contrato de arrendamiento suscrito entre MIRIAN UVILDA TREJO DE ALVARADO, y ADMINISTRADORA HERNAZCA, C.A. y se ordena devolver el inmueble arrendado totalmente desocupado y en el mismo buen estado en que lo recibió.
2) A pagar la suma de Un Millón doscientos noventa y cinco mil bolívares (Bs. 1.295.000,00) por concepto de los cánones de arrendamiento vencidos e impagados de los meses de Marzo, Abril, Mayo, Junio, Julio, Agosto y Septiembre de 2007, a razón de ciento ochenta y cinco mil bolívares (Bs. 185.000,00) mensuales.
3) En entregar los recibos cancelados de los servicios públicos y privados de los cuales está.....