Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO intentada por la Sociedad de Comercio ROCA INVERSIONES ROINCA C.A., mediante apoderado judicial abogado JESÚS ERNESTO GONZALEZ MARTINEZ, contra el ciudadano GUIDO WOLF GEYMAYR LHOTZKY, todos de características constantes en autos.
Se condena al demandado a entregar el inmueble descrito en el libelo de la demanda, totalmente desocupado de bienes y personas, solvente de servicios y con las bienhechurias y mejoras que se han realizado sobre el mismo, no
debiendo ninguna indemnización por tal motivo pues así se pacto en el contrato.
Se condena al demandado a pagar la cantidad de UN MILLON CIENTO VEINTISEIS MIL BOLIVARES (Bs.1.126.000,00) por daños y perjuicios a razón de MIL BOLIVARES (Bs.1.000,00) diarios, más lo que resulte de la experticia complementaria del fallo.
De conformid.....