Por las razones antes expuestas, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la demanda de DESALOJO intentada por la ciudadana CELMILE CASTILLO contra: la ciudadana ANGELA MAYTE PARADA CASTILLO todos de características constantes en autos.
1.- A devolver el inmueble en perfectas condiciones y a pagar y presentar las solvencias por los gastos inherentes al inmueble arrendado en perfectas condiciones, así como los diferentes servicios públicos, agua, electricidad, aseo urbano y teléfono hasta la fecha en que se haga la entrega material del inmueble.
2.- A pagar la cantidad de Un Millón Quinientos Mil Bolívares (Bs. 1.500.000,00) por concepto de daños y perjuicios por el retraso en la entrega del inmueble, con la cláusula Décima Tercera del Contrato.
3.- Se condena en costas a la parte demandante por haber resultado totalmente vencida de conformidad con lo establecido en el artícul.....