Por las razones antes expuestas, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la demanda por DESALOJO intentada por el ciudadano JOSE ANESTO DABOIN, asistido por los abogados: OSMEL ANTONIO MALAVER VILLARROEL, DELSA F. MIOTA, JOSE RAFAEL COLMENARES OSTOS, contra la ciudadana: BERTHA MICHELENA, todos de características constantes en autos.
Se condena a la parte demandada a entregar al demandante el inmueble vacío en las mismas condiciones que lo recibió y totalmente cancelados los servicios públicos.
Se condena en costas a la parte demandada de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, por haber resultado totalmente vencida.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y.....