Por las razones antes expuestas, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR el Recurso de Nulidad del acto administrativo intentada por la ciudadana: LUCIA MARIA DE NOBREGA GOUVEIA, asistida por la abogada ANA CRITINA LOPEZ IBAÑEZ, con relación al acto Administrativo contenido en la resolución N° DI. 13-2.004, de fecha 30 de Junio de 2.004, por medio del cual fijó canon máximo de alquiler mensual sobre una bienhechuria (taller mecanico) y estacionamiento, ubicado en el Barrio La Planta, Avenida 93, Número 63-36, Parroquia San Rosa, Municipio Valencia Estado Carabobo, y en consecuencia se declara la NULIDAD del referido acto administrativo.
Publíquese y déjese copia.
Notifíquese a las partes de conformidad con los artículos 251 y 233 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayo.....