RATIFICA LA PROCEDENCIA de la solicitud de amparo cautelar constitucional interpuesto por la abogada SADY MONTGANE WADSKIER, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad V-4.132.868 inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 41.577, actuando en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil ELECTRICIDAD ESPECIALIZADA, S.A. (ELECSA), inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo bajo el Nº 42, Tomo 17-B, en fecha 21 de mayo de 1.982, e inscrita en el Registro de Información Fiscal (R.I.F.) J-075279751, contra la Resolución Nº 315 del 07 de julio de 2015, emanada del INSTITUTO MUNICIPAL DEL AMBIENTE de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO VALENCIA DEL ESTADO CARABOBO.