Seguidamente el Tribunal, visto el pedimento de la parte actora, libera a la depositaria judicial designada, y acuerda expedir credencial suficiente a la depositaria judicial designada, el tribunal declara cumplida su misión, deja expresa constancia que durante el lapso que duro la practica de la medida no se causaron daños a persona alguna ni a bienes materiales, garantizando en todo momento los derechos y garantías constitucionales de las personas, ordena se remitan las actuaciones a su tribunal de causa y que el mismo regrese a su sede siendo las 9:00 de la noche, es todo, termino, se leyó y conformes firman.