Seguidamente la parte actora abogado en ejercicio FRANCISCO HERNANDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.54.639, expone: Por cuanto no existen bienes muebles del demandado dentro del inmueble objeto de la medida, me reservo el derecho a señalar bienes propiedad del ciudadano WILSON AMABLE ARENAS TORRES, para ser embargados ejecutivamente en otra oportunida. Seguidamente el tribunal declara cumplida su misión, deja expresa constancia que durante el lapso que duro la practica de la medida no se causaron daños a persona alguna ni a bienes materiales, garantizando en todo momento los derechos y garantías constitucionales de la personas, ordenando se remitan las actuaciones a su tribunal de causa y que el mismo regrese a su sede siendo las 11:30 de la mañana, es todo, termino, se leyó y conformes firman.