Seguidamente el Tribunal declara cumplida su misión, dejando expresa constancia que durante el lapso que duro la practica de la medida no se causaron daños a persona alguna ni a bienes materiales, garantizando en todo momento los derechos y garantías constitucionales de las personas, ordena se remitan las actuaciones a su Tribunal de causa para lo cual el tribunal de la causa designó al ciudadano OSWALDO OLIVEROS CABRERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.178.637, correo especial, en consecuencia ordena que el mismo tribunal regrese a su sede siendo las 12:30 de la tarde. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.