Acto seguido la ciudadana Maria Lorena Gelves Navarro, de nacionalidad Colombiana, identificada con el pasaporte Nro.CC52550184, expone: A los fines de evitar la medida de embargo preventivo pago en este acto la cantidad adeudada por el ciudadano Luis Ángel Rosendo de Bs. 2.145.000,00, la cual fue decretada por el tribunal de la causa, que es la cantidad adeudada al la parte actora, mediante cheque nro. 51729503, a favor de la ciudadana Marilu Lorenzo de Vigilanza; igualmente manifiesto al tribunal que en este mismo acto procederé a trasladar todos mis bienes muebles y enseres personales, los cuales serán embalados y trasladados en un transporte de la depositaria judicial designada, cuyo gastos son cancelados por la parte actora a Tinaquillo estado Cojedes.