Seguidamente el Tribunal visto el plazo concedido por la parte actora lo acuerda por estar ajustado a derecho, libera a la depositaria judicial designada, y deja los bienes embargados preventivamente bajo la guarda y custodia de la ciudadana ALBA PATRICIA DUQUE ARIZA, venezolana y titular de la cédula de identidad Nro. 23.645.208, acuerda mantener la comisión hasta que la parte actora solicite nueva oportunidad, el Tribunal declara cumplida su misión, garantizando en todo momento los derechos y garantías de las personas, ordena se remitan las actuaciones a su Tribunal de causa y que el mismo regrese a su sede siendo las 5:00 de la tarde