Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado
Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el solicitante, ciudadano ARNALDO JESÚS SEGOVIA ROJAS; SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada el 17 de marzo de 2017 por el Juzgado Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, la cual declaró INADMISIBLE la solicitud formulada.
No hay condenatoria en costas procesales dada la naturaleza del procedimiento.