PRIMERO: SIN LUGAR el recurso procesal de apelación ejercido por la parte actora contra la decisión dictada el 17 de mayo de 2004, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; SEGUNDO: SE CONFIRMA el dispositivo del fallo apelado que declara: Primero: Sin Lugar la objeción a la fianza formulada por la parte actora; Segundo: Válida, eficaz y suficiente la fianza constituida por Interfinanzas, C.A. a favor de Servicios de Comedores Frame, C.A. y; Tercero: Se suspende la medida de embargo preventivo decretada en fecha 09 de febrero de 2004, la cual fuera practicada en fecha 19 de febrero de 2004, por el Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y Carlos Arvelo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, conforme a los razonamientos contenidos en esta decisión.
De conformidad con lo previsto en el artículo 281 del Código de Proce.....