PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso Ordinario de Apelación ejercido por la parte agraviante y el tercero interesado en contra de la sentencia dictada el 24 de marzo de 2003, por el Juzgado Cuarto de primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; SEGUNDO: SE CONFIRMA el Dispositivo del fallo apelado, con las modificaciones contenidas en esta decisión y, en consecuencia: 1) Se deja sin efecto y sin ningún valor la Inspección Judicial evacuada por el Juzgado agraviante Juzgado Quinto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, el 07 de noviembre de 2002, en el inmueble señalado en el presente Recurso de Amparo y ocupado por la ciudadana BELKIS DE JESUS QUIÑONES. 2) Se ordena al ciudadano IVAN JOSE GONZALEZ GUZMAN, Tercero Interesado en este proceso respetar los derechos que tiene la accionante en amparo en el inmueble que ocupa y se ratifica la orden de ent.....