Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso procesal de apelación interpuesto por la parte demandante, ciudadana JENNIE GUTIÉRREZ; SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada el 28 de mayo de 2013 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de intimación de honorarios profesionales intentada por la abogada JENNIE GUTIÉRREZ, en contra del ciudadano GIÁCOMO CALABRESE VESCE; CUARTO: PROCEDENTE el derecho de la abogada JENNIE GUTIÉRREZ a cobrar honorarios profesionales al ciudadano GIÁCOMO CALABRESE VESCE por actuaciones judiciales realizadas en el juicio de nulidad de contrato de transa.....