Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso procesal de apelación interpuesto por el abogado JOSÉ LEÓN MARTÍNEZ DÍAZ, en su carácter de defensor judicial de la demandada, ciudadana MARÍA DE LOURDES RIVAS SALAS; SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 27 de marzo de 2015 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, la cual declaró CON LUGAR la demanda de divorcio interpuesta por el ciudadano JOSÉ GREGORIO ESCORIHUELA ALVARADO en contra de la ciudadana MARÍA DE LOURDES RIVAS SALAS y en consecuencia, DISUELTO el vínculo matrimonial existente entre ellos