Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso procesal de apelación interpuesto por la parte demandada, sociedad de comercio INVERSIONES H & G 1925 C.A.; SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 6 de junio de 2012 por el Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, la cual fue objeto de una aclaratoria el 20 de julio de 2012; TERCERO: CON LUGAR la demanda por cobro de bolívares intentada por la sociedad de comercio C.A. VENEZOLANA DE PINTURAS, en contra de la sociedad de comercio INVERSIONES H & G 1925 C.A.; CUARTO: SE CONDENA a la demandada, sociedad de comerci.....