Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y de Protección del Niño, Niña y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el abogado Delcris Delgado, procediendo en su carácter de apoderado de la parte actora, sociedad mercantil Inversiones Agua Clara, C.A., en contra del auto dictado en fecha 16 de septiembre de 2009 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo; SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión apelada, que declaró la reposición de la causa al estado de admisión de la demanda y en consecuencia se revoca el auto de admisión de fecha 09 de marzo de 2009 y las actuaciones subsiguientes.
Se condena en costas a la parte actora de confor.....